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Agencias de seguridad no son aptas para custodiar penales

El proyecto de ley N° 357 modifica y adiciona la ley 55 de 2003, que reorganiza el sistema penitenciario, decreta que el Ministerio de Gobierno podrá contratar personal de las agencias de seguridad privada, para custodiar y vigilar a las personas privadas de libertad en los traslados y permanencia de estos fuera de los centros penitenciarios.

Aníbal González, del Sindicato de agentes de seguridad, considera que las Agencias no están preparadas para enfrentar esta responsabilidad, sobre todo por las múltiples denuncias e irregularidades que mantienen.

La normativa establece que se podrá contratar personal de las agencias de seguridad privada, debidamente registradas en el Ministerio de Seguridad Pública, que los agentes recibirán entrenamiento previo. Sin embargo, González sostiene que “no es lo mismo ser seguridad en un banco que cuidar a un preso”.

Contratar a empresas de agencias de seguridad surgió como una respuesta ante la necesidad de custodios y la culminación del plazo para la salida de policías de la zona interna de los Centros Penitenciarios.

FUENTE: Kathyria Caicedo