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Aprueban en tercer debate proyecto de imprescriptibilidad de los delitos de corrupción

El proyecto de Ley 514 , que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal, sobre la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción y contra la administración pública, fue aprobado este martes en tercer debate por los diputados de la Asamblea Nacional (AN).

Pasadas las 4:10 p.m., la presidenta de la Asamblea, Yanibel Ábrego declaró abierta la sesión con el objetivo de discutir la iniciativa legislativa, el cual le hicieron modificaciones consensuadas por los diputados al proyecto de ley, con la aceptación de sus proponentes e integrantes de la sociedad civil.

Según lo establece la normativa se modifica el artículo 51 del Código Penal y el artículo 116 del Código Procesal Penal. Además, se modifica el artículo 19 y adiciona el numeral 13 del artículo 33 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio del 2006, ordenado por la Ley 61 de 2017.

Entre las modificaciones está el artículo 1 del proyecto, que reforma el artículo 51 del Código Penal quedando así, cuando una persona jurídica sea usada o creada para cometer un delito, siempre que sea beneficiada por él, se le aplicará cualquiera de las sanciones siguientes:

-Cancelación o suspensión de la licencia o registro por un término no superior a cinco (5) años.

-Multa no inferior a cinco mil dólares (B/. 5.000.00) ni superior al doble de la lesión o al beneficio patrimonial.

-Pérdida total o parcial de los beneficios fiscales, e inhabilitación para contratar con el Estado, directa o indirectamente de manera permanente, la cual será impuesta junto con cualquiera de las anteriores y disolución de la sociedad

Además, el artículo 2 adiciona el artículo 116 del Código Procesal Penal, estableciendo que no prescribirá la acción penal cuando se trate de delitos de peculado, corrupción de funcionarios públicos y enriquecimiento injustificado, lo cual destaca que no habrá prescripción de delitos de tráfico de influencias y abusos de autoridad.

-Al vencimiento del plazo de tres años, cuando se trate de delitos sancionados con penas no privativas de libertad.

-En los delitos de terrorismo, contra la humanidad, tortura y desaparición forzada de personas, no prescribirá la acción penal. Tampoco prescribirá cuando se trate de delitos diferentes formas de peculado, corrupción de servidores públicos y enriquecimiento injustificado.

También en su artículo 3, se reforma el artículo 3 del artículo 19 de la Ley 22 de 2006, sobre Contrataciones Públicas.

En la Ley se declara incapaz para contratar con las entidades estatales a las personas naturales o jurídicas que hayan sido condenadas en Panamá o en el extranjero, mediante sentencia judicial definitiva o hayan realizado acuerdos de pena de colaboración eficaz por delitos contra la administración pública, blanqueo de capitales o contra el orden económico o seguridad colectiva.

Cabe destacar que se adiciona a la Ley de Contrataciones Públicas, exigiendo que en el pliego de cargos se agregue una declaración jurada, que indique que El Contratista no ha sido condenado o haya celebrado acuerdos de pena o de colaboración eficaz por delitos contra la administración pública u otros delitos graves.

A juicio del diputado Leandro Ávila “la corrupción no sólo se da en el marco del sector público, porque para que haya un corrupto tiene que haber un corruptor”.

Indicó que la sanción sería para la empresa que podría cambiar de nombre, por lo que la Ley va abarcar a los accionistas de empresas para que no salten de una a otra y seguir contratando con el Estado.

El estudiante Juan Diego Vásquez, uno de los proponentes de esta iniciativa, indicó que el objetivo primordial es cerrarle la puerta a la corrupción.

La iniciativa fue presentada a la Dirección de Participación Ciudadana de la Asamblea Nacional, por un grupo de estudiantes de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Santa María la Antigua (USMA), y el Movimiento Independiente (MOVIN).

Durante el debate, el diputado panameñista José Luis "Popi" Varela dijo que, “la corrupción se combate combatiendola, no con leyes ni con palabras ni con discursos vacíos, y si hay un gobierno que en las últimas décadas que ha iniciado un proceso de combatir la corrupción es el liderado por el Partido Panameñista y el presidente de la República, Juan Carlos Varela”.

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FUENTE: Odalis Núñez