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Solicitan veto presidencial a proyecto de ley sobre pago de décimos atrasados a jubilados

Como "ilegítimo" calificó la Coordinadora Nacional de Jubilados y Pensionados Victoriano Lorenzo, el Proyecto de Ley N° 461 que fue aprobado en tercer debate por la Asamblea Nacional y tras adaptarse a un veto presidencial, se ordena el pago de la segunda partida del décimo tercer mes a los funcionario públicos y privados correspondiente a los años entre 1972 hasta 1983.

Asimismo, solicitan que el Proyecto "sea vetado por el presidente de la República, con la indicación de que se establezca en la misma un plazo definido de pago, entre un mínimo de 180 días y un máximo de dos (2) años”.

A través de un comunicado, la Coordinadora indicó que la iniciativa fue aprobada de “espaldas al pueblo panameño y sin ninguna participación de miembros o representantes de las entidades coordinadoras, grupos organizados de jubilados y pensionados, que desde hace muchos años, vienen luchando para que se les paguen todos los derechos económicos que le corresponden por este concepto”.

“La nueva ley, que ahora pasa para sanción o veto del presidente de la República, resulta contraria a justos derechos de los reclamantes, principalmente jubilados y pensionados, toda vez que elimina la obligación del Estado de realizar el pago total a todos los beneficiarios en un plazo no mayor de 180 días, la cual se tenía incluida en la ley anterior que corresponde al proyecto de Ley N°92 y la cual fue vetada por el presidente, en dos aspectos que no alteraban el plazo de 180 días para el pago”, expresa la carta firmada por Vilma de Rodríguez, Coordinadora General.

La Coordinadora de los Jubilados y Pensionados, exhorta a exigir el pago de la totalidad de los dineros que les corresponde recibir.

El ministro de Economía y Finanzas (MEF), Dulcidio De La Guardia, había advertido antes del veto que la devolución afectaría la estabilidad de la Caja de Seguro Social (CSS), que ya enfrenta una situación insostenible.

El pago adeudado a los jubilados es una parte del décimo tercer mes que reciben los trabajadores en Panamá cada año desde 1972.

El décimo tercer mes se divide en tres partidas anuales (abril, agosto y diciembre) de las cuales la segunda fue destinada por ley del régimen militar (1968-1989) al Banco Hipotecario Nacional, para un programa de vivienda social, y después a la Caja de Seguro Social (CSS) para reforzar los fondos del programa de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la institución.

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FUENTE: Odalis Núñez