Panamá Nacionales - 

Inicia moratoria para pago de impuesto inmueble sin recargo e intereses

Con la sanción de la ley que exonera y reduce el impuesto inmueble, entra a partir de este jueves y hasta el 31 de diciembre de 2017, una moratoria para el pago del impuesto inmueble sin recargos e intereses.

Publio Cortés, director general de Ingresos explicó a Telemetro Reporta, que para acogerse a la moratoria, los contribuyentes deberán actualizar en la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (Anati), para calcular el impuesto y hacer efectivo el pago.

VER RESOLUCIÓN SOBRE MORATORIA

Dijo que la moratoria significa que en caso de que el impuesto causado al 31 de agosto de 2017, quien este en mora puede pagarlo hasta el 31 de diciembre sin recorgo e intereses, y podrán acogerese al mismo personas naturales o juridicas propietarios de inmuebles.

Aseguró que el pago de moratoria es exclusivo para el impuesto inmueble, y no abarca otro tipo de impuesto, y la DGI emitirá esta semana una reglamentación para llevar a cabo el pago de la moratoria.

El pago se podrá realizar en la DGI mediante cheque certificado, y en efetivo o cheques certificados en los siguientes entidades bancarias: Banco Nacional de Panamá, Banco General, Caja de Ahorros, Banvivienda, entre otros.

A partir del 2019, las exoneraciones de viviendas principales las tasas de este impuesto quedan de la siguiente manera: 0.0% hasta los 120 mil balboas; 0.5% desde los 120 mil balboas hasta los 700 mil balboas, y 0.7% desde los 700 mil balboas en adelante.

Mientras que para aquellas propiedades comerciales, industriales, segundas residencias y demás se establece lo siguiente: 0.0% hasta 30 mil balboas; 0.6% de 30 mil balboas a 250 mil balboas; 0.8% de 250 mil balboas a 500 mil balboas; 1.0% de 500 mil balboas en adelante.

FUENTE: Catherine Perea