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Procurador: Señalamientos contra el Defensor deben tener pruebas que los acrediten

El Procurador de la Administración, Rigoberto González, se refirió este martes a la denuncia contra el Defensor del Pueblo, Alfredo Castillero Hoyos, por supuesto acoso sexual y laboral.

A su juicio, cuando se hacen este tipo de señalamientos debe existir pruebas que los sustenten, ya que no pueden sustentarse únicamente en señalamientos.

"Lo importante y lo básico en situaciones como estas es que uno no puede llevar a cabo un proceso de esa naturaleza por el solo hecho que digan y señalen personas, tienen que haber pruebas que acrediten y que sustenten lo que se está señalando" , explicó.

Señaló que desconoce si existe o no una violación al debido proceso en este caso y que solo conoce lo que ha expresado el Defensor sobre la posible violación del derecho a la defensa.

En ese sentido expresó: "yo lo puedo entender, si a mí me van a hacer una denuncia y me van a formular cargos, como mínimo yo tengo que saber en qué consiste la denuncia, no un simple interrogatorio, eso es más o menos lo que él ha estado planteando y desde esa óptica yo puedo comprender" .

Por otro lado, explicó que si en este caso se estuviera aplicando la Ley 38 del 2000, cuando presentan una queja contra un funcionario, en el caso de una investigación de carácter administrativo, se procede a autenticar la resolución mediante la cual se acoge la queja o la denuncia.

Posteriormente se procede a remitir, además de la copia de la resolución, la denuncia de carácter administrativo contra el funcionario que sea, para que el acusado sepa de qué se trata y tenga la posibilidad de defenderse.

"Lo que he escuchado, no puedo decir más, es que esa situación no se ha dado y si eso constituye violación del debido proceso, allí vendrán los mecanismo para hacer valer lo que él está aduciendo" , puntualizó.

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