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Prohíjan iniciativa que regula el servicio de entrega a domicilio a través de APP's

La Comisión de Transporte de la Asamblea Nacional prohijó el Anteproyecto de Ley 179 que regula el servicio motorizado de entrega de comidas y mensajería mediante plataformas y aplicaciones digitales en Panamá.

De acuerdo con la exposición de motivos de la iniciativa, esta busca “reglamentar las obligaciones mínimas con las que deben cumplir tanto las empresas como las personas que se enmarcan en esta nueva modalidad de negocio”.

Además, establece requisitos básicos para “garantizar la salubridad y la inocuidad de los alimentos que se entregan mediante estas plataformas y brinda garantías a la seguridad de los repartidores que realizan las entregas”.

La regulación y formalización de los servicios recaerá sobre la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre, el Ministerio de Salud, y el de Trabajo, el Servicio de Migración y la Dirección General de Ingresos.

Según este anteproyecto, los repartidores deberán someterse de manera regular a reconocimientos médicos de conformidad a lo que reglamenten las autoridades, mientras que las empresas deberán mantener un domicilio físico en el que se le puedan entregar todo tipo de notificaciones y contar con el personal adecuado para gestionar sus operaciones.

Todos los alimentos que entreguen deberán contener un sello o papel adhesivo de seguridad que le brinda al cliente la certeza de que su producto no ha sido manipulado, entre otras regulaciones.

“La parte jurídica es la más importante... Appetito por ejemplo deberá pagar sus impuestos de la motocicleta, la parte del conductor, de empresas y de entregas. Se deben separar los temas y estar inscritos en la DGI.”, explicó el diputado perredista Victor Castillo.

Agregó que los extranjeros que no cumplan con los requisitos no podrán ser motorizados de las distintas plataformas.

Con la colaboración de Félix Chávez, periodista de EcoNews.

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FUENTE: Linda Batista