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Varela sanciona Ley a favor de víctimas afectadas en Bocas del Toro

El presidente de la República, Juan Carlos Varela, se trasladó este jueves hasta la provincia de Bocas del Toro, donde sancionó la Ley No. 144, que beneficia a las víctimas afectadas en los hechos ocurridos del 6 al 10 de julio del 2010, en el distrito de Changuinola.

Con esta Ley, se busca resarcir a los afectados en los incidentes de 2010 en Bocas del Toro, con una pensión vitalicia destinada a mejorar su calidad de salud ante sus limitadas condiciones visuales o físicas.

Otro de los aspecto que destaca la Ley 144 es que el 8 de julio de cada año, se declara día de reflexión y duelo, en la provincia de Bocas del Toro; además se ordena el cierre de las oficinas públicas y privadas, para esa misma fecha y se le indemniza a todos los afectados con lesiones, cuya erogación estará a cargo del Tesoro Nacional.

Durante su discurso el mandatario manifestó que "esta ley es resultado del consenso en torno a la responsabilidad que tiene el Estado panameño de reparar las graves violaciones a los derechos humanos, honrando a las víctimas, respaldando a sus familiares y conmemorando, a partir de la fecha, el 8 de julio como día de duelo en el distrito de Changuinola".

La Ley Nº144 establece lo siguiente:

-La creación de una Comisión Nacional de Seguimiento para la atención integral de las víctimas de estos hechos, que estará adscrita al Ministerio de la Presidencia, con la participación de todas las instituciones de gobierno responsables del cumplimiento de las medidas adoptadas, así como de las víctimas y sindicatos de trabajadores afectados.

-Pensión vitalicia de carácter especial de ochocientos balboas (B/.800.00) a las víctimas o sus dependientes.

-Apoyo económico-social de doscientos balboas (B/.200.00) para las personas afectadas por temas de salud.

-La creación de una Comisión Médica Interinstitucional con oficinas en Bocas del Toro, responsable de brindar todas las atenciones de salud, medicamentos y tratamientos requeridos por las personas afectadas.

-Disposiciones especiales para que los afectados sean beneficiarios de los programas sociales, becas, viviendas y discapacidad que desarrolla el Gobierno de la República de Panamá.

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