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199 privados de libertad podrían ser beneficiados con libertad condicional o rebaja de pena

La Constitución otorga al Presidente de la República de Panamá la potestada de decretar indultos por delitos políticos, rebajas de pena y conceder libertad condicional a reos de delitos comunes.

Para obtener libertad condicional, el recluso debe haber cumplido las dos terceras de su condena, no poseer otras sanciones o penas y haber mantenido buena conducta.

La libertad condicional permite a la persona cumplir el resto de la pena en su domicilio, y tiene la oportunidad de trabajar y estudiar, cumpliendo con la notificación cada quince días. Tiene prohibido el porte de armas y frecuentar algunos lugares.

Las víctimas de los casos en los que han estado implicadas estas personas, pueden presentar su oposición a este beneficio ante la Dirección General del Sistema Penitenciario o la Dirección de Derechos Humanos y de la Dignidad del Servidor Público y del Usuario escribiendo a [email protected] o [email protected]

FUENTE: RI