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Panamá, 18 de marzo de 2010  
 
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Viernes 19 de junio de 2009
La reglamentación de visita luego de una separación
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La reglamentación de visita no necesariamente tiene que ser un conflicto.
 
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LA REGLAMENTACIÓN DE VISITA LUEGO DE UNA SEPARACIÓN NO NECESARIAMENTE TIENE QUE SER UN CONFLICTO FAMILIAR.

Cuando la relación de pareja termina y existen hijos producto de esa unión de pareja es muy triste ver como muchas veces personas que una vez se prometieron amor y respeto se enfrentan aun campo de batalla donde todos lo involucrados salen perdiendo y lastimados en especial los sujetos más vulnerables que son los hijos productos de esa unión, quienes muchas veces son utilizados como soldaditos de guerra o escudos protectores en una situación de batalla legal.

Nuestras leyes de familia, establecen que cuando una pareja se separan y tienen hijos, se crea el derecho y a mí parecer la obligación de que se resuelva lo concerniente a la reglamentación de visita es decir, como, cuando y donde se visitaran a los hijos.
Muchas veces este tema como otros (alimentos, etc.) son motivos de conflictos ya que dentro de la relación de padre y madre se encuentra contaminado por heridas que pueden que estén sanadas.
Es importante que tengas siempre en cuenta que se trata del padre o la madre de tus hijos que siempre lo van a ser y que en la medida que elabores el acuerdo de reglamentación pensando en tus hijos y su bienestar estarás obsequiándoles a tus hijos el regalo más bello de amor que es su tranquilidad .

Sí estas en este tipo de situación toma en cuenta lo siguiente:

La edad de tus hijos

La edad de los hijos es muy importante ya que dependiendo de la edad de nuestros hijos varían sus necesidades, por ejemplo si es un infante menor de los dos años, la mayoría de las veces debe de dormir en casa del progenitor que ejerza la Guarda y Crianza del niño(a), si es la madre existen principios psicológicos como el apego del lactante a la madre o quien ejerza este rol, si es un niño(a) de 5 años tendrá otro tipo de necesidades que deben de ser tomadas en cuenta, al igual sí el niño(a) está en edad escolar o sí ya ha llegado a la adolescencia.
La edad de los hijos(as) es importante para determinar el horario y los días de visitas ya que ellas deben de estar dirigidas a cumplir el fortalecimiento el desarrollo integral de los niños(as) o los adolescentes.

Lograr un equilibrio entre el tiempo de recreación y el tiempo de estudio o formación de los hijos(as)

Una de las principales quejas que escucho al momento en que las personas me consultan al enfrentar situaciones de Reglamentación de Visita es que el progenitor que hace uso del Derecho de Visita muchas veces no se involucra en ayudar a que su hijo(a) a cumplir con las obligaciones escolares como estudiar para los exámenes, pruebas académicas y deberes escolares constituyéndole muchas veces a uno de los padres esta responsabilidad, produciéndose indesequilibrio entre las obligaciones y el padre o la madre que hace el uso de su Derecho de Visita se convierte en el papá o la mamá de la diversión y el esparcimiento y el otro el de los deberes y la obligaciones, ambos padres deben equilibradamente de compartir estos roles para que compartan tiempo de recreación y de estudio con sus hijos y se evitaran conflictos.

Establece horarios y días específicos de visitas pero sé flexibles sobre las eventualidades que puedan ocurrir.

Otro aspecto que causa malestar es los incumplimientos en los horarios de visitas, es importante que ante cualquier eventualidad que pueda ocurrir, como por ejemplo enfermedad, tráfico vehicular, horarios laborales, etc. El otro progenitor tenga conocimiento de la situación para que pueda hacer los cambios necesarios en los horarios y mejor aún sí es con por lo menos 24 horas de anticipación para evitar inconvenientes que puedan resultar en la interposición de Incidentes de Incumplimiento ante los Juzgados de Familia que todos saben cuando comienzan pero no cuando terminan. Por lo que te recomiendo que consideres en introducir una cláusula que de flexibilidad a este tipo de situaciones.

Y por último trata de cumplir lo que te comprometiste en el acuerdo de Reglamentación de Visita y así te evitarás muchos inconvenientes.

ITZEL DEL C. MECOTT
ABOGADA MEDIADORA
6674-2748/236-9597
Itzmec1313@yahoo.com


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