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Caso bus 8B-06: Corte exime al Estado de responsabilidad

La Corte Suprema de Justicia eximió de toda responsabilidad al Estado panameño del pago de indemnizaciones por las muertes y los daños materiales causados durante el incendio del bus 8B-06, ocurrido en La Cresta el 23 de octubre de 2006.

Este lunes se dio a conocer el primer fallo emitido respecto a demandas por este caso, por la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, que declara que la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre y el Estado Panameño " no son responsables al pago de diez millones de dólares (B/. 10,000,000.00), en concepto de daños y perjuicios materiales y morales causados por la muerte de la señora Rosa Rodríguez Vargas (Q.E.P.D) en el incendio de autobús 8B-06 de la ruta Corredor-Mano de Piedra" .

Serán los señores Ariel Ortega y Próspero Ortega, dueño y conductor del bus, quienes deberán responder por todos los daños ocasionados " por él, por sus agentes o por cualquier persona involucrada en el servicio o por el conductor ", según lo establecido en el fallo, cuyo ponente es el magistrado Alejandro Moncada Luna.

Según el documento, la responsabilidad de los hermanos Ortega está debidamente acreditada en la sentencia del 28 de abril de 2008, donde el Juzgado Primero de Circuito, los declaró penalmente responsables " por el delito de homicidio culposo y lesiones en perjuicio de los usuarios del transporte público de pasajeros 8B-06, entre los cuales se encuentran los demandantes Lidia Esther Atencio Rojas y Luis Elías Contreras Valdés" .

FUENTE: Denise Lara