El Decreto Alcaldicio N°030 del 7 de octubre, promulgado ya en la Gaceta Oficial de Panamá, ordena la suspensión de la venta de licor en el distrito capitalino para el próximo lunes 2 de noviembre.
El artículo 1 ordena la suspensión del uso de cajas de música, sinfonías y otros instrumentos musicales; así como la emisión de ruidos y la realización de actividades bailables amenizadas por orquestas, conjuntos y otros medios de difusión de música. Cabe señalar que actualmente las medidas del Ministerio de Salud restringen las actividades bailables y la realización de fiestas para mitigar el contagio del COVID-19.
Mientras que el artículo 2 ordena la suspensión de la venta de bebidas alcohólicas en todo el distrito de Panamá.
Para ambas prohibiciones se establece un horario de suspensión que va desde las 12:00 a.m. hasta las 11:59 p.m. del día 2 de noviembre de 2020.
El decreto señala que de este cumplimiento se exceptúa a los locales ubicados dentro de hoteles debidamente autorizados para operar como tales.
Las sanciones establecidas en este decreto para los infractores de esta prohibición irán desde B/.100.00 a B/.1,000.00.
FUENTE: Teiga Castrellón