La Autoridad de Recursos Acuáticos de Panamá ( ARAP ), informó que a partir de este lunes 1 de febrero inicia el primer período de la veda del camarón , hasta el domingo 11 de abril de 2021.
“Por ende, todos los establecimientos comerciales, plantas procesadoras de productos pesqueros,fincas de cultivo de camarón, comercializadores e intermediarios, así como persona natural o jurídica, que se dedican a la actividad comercial del producto, deberán proveerse de un documento denominado Certificado de Inspección Ocular para la venta, posesión, comercialización o almacenamiento de camarón, durante el periodo de veda”, indicó un comunicado de la ARAP.
Los interesados deberán remitir a la ARAP los siguientes requisitos:
-Solicitud del Certificado de Inspección Ocular (firmada por el Reglamento Legal o propietario del local como aparece en el aviso de operación).
-Aviso de Operación (por cada razón comercial)
--Descargar el Formulario de Solicitud e Imprimirlo.
-Certificado de paz y salvo; o (solicitud de certificado de paz y salvo)
-Copia de la cédula de representante legal (el que aparece en el aviso de operación).
FUENTE: Odalis Núñez