En la Gaceta Oficial de Panamá este lunes se promulgó el Decreto Ejecutivo No. 5 del 24 de enero de 2022, a través del cual el Ministerio de Salud autoriza reducir el aislamiento a 7 días de los casos positivos de COVID-19; los centros de hisopados en empresas y comercios; y la utilización de pruebas autoaplicadas avaladas por el Instituto Conmemorativo Gorgas para detectar el virus SARS-CoV-2 a fin de atender la demanda actual.
Más en detalle se dicta que como medida adicional y optativa se autoriza en empresas y comercios crear centros de hisopados para detectar el virus SARS-COV-2 causante de la COVID-19, según la Resolución 274 de mayo de 2021 a la cual deberán ajustarse las empresas que tengan interés de hacer hisopados.
En el artículo 4, se establece el procedimiento para los pacientes cuya prueba de COVID-19 (antígeno o PCR) resulte positiva es el siguiente:
- Aislamiento por siete días, donde corresponda de acuerdo con su situación clínica.
- Se debe realizar prueba de antígeno al quinto día. Si el resultado es negativo puede reincorporarse al trabajo, si el resultado es positivo debe continuar con el aislamiento y repetir la prueba séptimo día.
- Si al séptimo día el resultado es negativo puede reincorporarse a sus labores habituales. Si el resultado es positivo se prolonga el aislamiento hasta el décimo día.
Agrega el Decreto que deberán realizarse cuarentena de cinco días las personas siguientes:
- Que haya tenido contacto estrecho con un paciente positivo y desarrollado síntomas sea que tenga o no esquema completo de vacunación contra la COVID-19.
- Que hayan tenido contacto estrecho con paciente positivo y no hayan desarrollado síntomas, pero no tengan el esquema completo de vacunación contra la COVID-19. En todo caso ambas deben hacerse prueba de antígeno al quinto día.
Este decreto empezó a regir desde su promulgación, por lo que el aislamiento de los casos positivos se reducirá de 10 a 7 días.