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Reiteran prohibición de venta ambulante, mendigar y predicar en el Metro de Panamá

En el Metro está prohibida la distribución de publicidad, predicar, vender productos y cualquier actividad que perturbe la tranquilidad de los usuarios.

Linda Batista
Por Linda Batista

El Metro de Panamá reiteró las prohibiciones que se establecen en las normas de viajero, como la venta de bienes o servicios de cualquier clase, de forma permanente o ambulatoria, en los trenes, estaciones, pasarelas o áreas peatonales o adoquinadas, ya sea que se ubiquen en servidumbre pública o propiedades del Metro.

Asimismo, está prohibida la distribución de publicidad, predicar, mendigar, vender productos o alimentos y realizar cualquier otra actividad en los trenes, incluyendo todo mensaje que perturbe la tranquilidad de los usuarios

Estas normas están reglamentadas en el Decreto Ejecutivo Nº 628 del 20 de octubre de 2020, que establece el Reglamento de Viajeros. Hacer caso omiso a estas normas puede conllevar a una sanción de B/.151.00 a B/.300.00 dólares.

Además, el Decreto otorga competencia absoluta a las autoridades de conducir ante los jueces de Paz o al funcionario ejecutor municipal, a cualquier ciudadano que ejerza indebidamente actividades en las instalaciones del Metro.

El Metro busca controlar las actividades que se desarrollan en las áreas externas de las estaciones, atendiendo los protocolos de seguridad para mantener el libre tránsito.

Por otro lado, el Metro de Panamá reiteró la importancia del uso obligatorio de mascarilla y pantalla facial.

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