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Panamá Nacionales -  20 de agosto de 2024 - 15:09

Reglas para propaganda Política según el Tribunal Electoral

Los aspirantes a cargos de elección popular en circunscripciones que se encuentren reservadas deben abstenerse de hacer propaganda electoral

Por Noemí Ruíz

Mediante un comunicado el Tribunal Electoral (TE) informó a los partidos políticos que se encuentran en periodo de campaña por razón de sus elecciones primarias, y a los respectivos precandidatos que estén participando en las mismas, que solamente podrán hacer propaganda electoral en los siguientes casos:

Los aspirantes a cargos de elección popular en circunscripciones que se encuentren reservadas por temas de futuras alianzas, o en aquellas en las que no se celebrarán elecciones primarias, deben abstenerse de hacer propaganda electoral en nombre propio a fin de cumplir con la veda electoral.

¿Se puede hacer propaganda política en veda electoral?

Durante el mes de febrero del presente año, la jefa de Partidos Políticos del Tribunal Electoral de Panamá, Magda Ceballos, durante la veda electoral los candidatos y precandidatos no se puede difundir propaganda electoral y existen actividades limitadas. Además explicó qué acciones son permitidas durante el período de veda electoral, y cómo se interpreta la propaganda.

"El artículo 199 del decreto 29 en el numeral 5 señala que se permite el apoyo ciudadano, empresarial, en actividades deportivas, culturales y sociales, siempre que no se convierta en un acto de campaña ni se difunda mensajes que implica una pretensión de ocupar un cargo de elección popular con la intención de obtener el voto". Destacó en su momento la directora Ceballos.

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