Según la jefa de Partidos Políticos del Tribunal Electoral (TE) de Panamá, Magda Ceballos, durante la veda electoral los candidatos y precandidatos no se puede difundir propaganda electoral y existen actividades limitadas. Además explicó qué acciones son permitidas durante el período de veda electoral, y cómo se interpreta la propaganda.
"El artículo 199 del decreto 29 en el numeral 5 señala que se permite el apoyo ciudadano, empresarial, en actividades deportivas, culturales y sociales, siempre que no se convierta en un acto de campaña ni se difunda mensajes que implica una pretensión de ocupar un cargo de elección popular con la intención de obtener el voto". Destaca la directora Ceballos.
Las declaraciones de la Jefa de Partidos Políticos se da, luego que el TE reportara que unas 48 denuncias se registraron por propaganda electoral durante los carnavales por lo que el director de Organización Electoral, Osman Valdés a través del despacho, anunció que abrirán expedientes por violación a la veda y detalló que las sanciones podrían ir de B/.500.00 a B/.3,000.00.
Panamá permanece en veda electoral
Magda Ceballos, jefa de Partidos Políticos del Tribunal Electoral, indicó que el país aún se encuentra en el período conocido como veda, donde no se permite difundir propaganda electoral y existen algunas actividades que se pueden permitir.
La representante del TE resalta que existe un periodo permitido de campaña el cual consta de 60 días para primarias; mientras que hay 90 días para elecciones generales y 60 días para elecciones internas; fuera de este periodo entramos en uno conocido como veda electoral.
Por otro lado, Magda Ceballos, indica que "Las personas pueden apoyar como ciudadanos las actividades culturales como carnavales, pero no pueden usar eso como actos de campaña". En temas de medios de comunicación la jefa de Partidos Políticos señala que las personas pueden ser entrevistadas pero no puedes pagar, tampoco en redes sociales. Hay personal especializado en este tema.