El Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), decidió no admitir el habeas data interpuesto contra el Ministerio de la Presidencia para que respondiera qué uso le están dando a los fondos gestionados en la pandemia.
De acuerdo con las consideraciones del Pleno dice el documento “que tras la atenta lectura se percató… que si bien el interés de acceder a la información que ha sido solicitada infructuosamente al Ministerio de la Presidencia relativa a los apoyos financieros gestionados por el Gobierno Nacional que suman varios miles de dólares recibidos, en realidad, la acción va encaminada a que dicha institución dé respuesta a una serie de inquietudes que mantiene su promotor, a raíz de la emergencia sanitaria del COVID-19 ”.
Pinedo Velásquez dijo que aunque la decisión de la CSJ es legal, el magistrado Luis Ramón Fábrega salvó su voto, considerando que el Ministerio de la Presidencia, no brindó la información requerida en el término concedido por la norma citada, es decir, dentro de los 30 días calendarios; razón por la cual incumple con lo dispuesto en el párrafo del artículo 7 de la Ley 6 de 22 de enero de 2020, que dispone “El funcionario receptor tendrá 30 días calendario a partir de la fecha de la presentación de la solicitud, para contestar por escrito y , en caso que ésta no posea el o los documentos o registros solicitados, así lo informará”.
En base a lo expuesto, el magistrado Fábrega expresó que el hábeas data reunía los requisitos mínimos para su tramitación y por tanto, debió ser admitida por los otros 8 magistrados de la Corte, “en aras de evitar la posible afectación a los derechos fundamentales del accionante y que él mismo recibiera una respuesta por escrito”.
Pinedo Velásquez advirtió que “en 30 días o nos responden (presidente de la República Laurentino Cortizo y el Ministerio de la Presidencia), o volvemos a interponer un habeas data.