El Amparo de Derechos Constitucionales solicitado por la abogada Guillermina McDonald, en representación del bufete de abogados Mossack Fonseca, contra una prórroga indefinida concedida dentro de las sumarias en averiguación, por la presunta comisión del delito de blanqueo de capitales, no fue concedido.
El Órgano Judicial informó que una resolución fecha 2 de febrero de 2017, avalada por los magistrados Miguel Espino y Lilianne Ducruet, se detalla que “la investigación realizada es de gran trascendencia e importancia a nivel nacional e internacional y que por la gravedad y complejidad del delito los medios probatorios rebasan las fronteras nacionales, razones por la que la juzgadora autorizó continuar la investigación sin determinar un plazo de conclusión, aunado al hecho de que no hay personas detenidas, indagadas o afectadas con medidas cautelares, cuyas garantías individuales pudieran verse conculcadas con la decisión atacada, atendiendo a lo expresado en la jurisprudencia de nuestra máxima Corporación de Justicia”.
Añade que el Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial de Panamá, no concedió el amparo al considerar que la determinación del plazo para que termine la investigación es un acto discrecional de la juzgadora Baloísa Marquínez; y que no se puede considerar dicho plazo arbitrario, dada la complejidad del ilícito.
Por otro lado, indica que la magistrada Eva Cal quien salvó su voto, considera que se requiere que en este caso se establezca un término a la investigación para que se le imprima celeridad por su trascendencia para la economía nacional y por su repercusión en la imagen nacional e internacional del país.
“La concesión del presente amparo no implica en modo alguno que la Juez demandada no pueda autorizar la prórroga autorizada, sino que tal prórroga debe ser autorizada estableciendo un término, con fundamento en el artículo 510 del Código Judicial, y en jurisprudencia del Pleno de la Corte Suprema de Justicia y de la Sala Penal de la Corte”, indicó Cal.