El periodo de moratoria para el pago de impuestos y tributos sin recargos ni intereses en la Alcaldía de Panamá estará vigente hasta este 30 de noviembre.
Para que el contribuyente pueda acceder a este beneficio puede realizar el arreglo de pago o cancelar la totalidad de la deuda.
La Alcaldía de Panamá explicó que en ambos escenarios serán exonerados los recargos e intereses que refleje el estado de cuenta.
Se exceptúan de esta exoneración:
- Multas por sanciones.
- Otros impresos, ingeniería.
- Tasa por revisión de planos (por cada hoja).
- Cartón de permiso de construcción.
- Impuesto de construcción.
- Edificación y reedificación ocupacional.
- Uso de aceras para propósitos varios.
El Municipio resaltó que no serán sujetos de esta exoneración las personas naturales o jurídicas que han establecidos negocios o empresas que han omitido comunicarlo, como dispone el Capítulo III, artículo 5 del Acuerdo Tributario No. 40.