El Vice presidente y Ministro de la Presidencia José Gabriel Carrizo, Viceministro de Comercio e Industrias, Omar Montilla, el Director del IFARHU, Bernardo Meneses, el director de Pandeportes Hector Brands son algunos de los funcionarios que podrían renunciar a su cargo este año para participar en las Elecciones Generales 2024.
El Órgano Ejecutivo ha resaltado que hasta el 15 de enero, todo funcionario público aspirante a un cargo de elección popular, deberán presentar su renuncia al cargo que en la actualidad ocupa.
Elecciones Generales: ¿Porqué deben renunciar a su cargo?
El Código Electoral, en el artículo 27 de la Ley, explica que no son elegibles para cargos de elección popular, los servidores públicos que hayan ejercido en cualquier tiempo, desde seis meses antes de la elección, los siguientes cargos oficiales:
Ministro y Viceministro de Estado, Secretario General y Subsecretario General, y Director y Subdirector General, Nacional, Regional y Provincial de ministerios; al igual que Director y Subdirector, Administrador y Subadministrador, Gerente y Subgerente Nacional, General, Regional y Provincial, de las entidades autónomas y semiautónomas.
También resalta que los Funcionarios del Órgano Judicial, del Ministerio Público, del Tribunal Electoral y de la Fiscalía General Electoral; el Contralor y Subcontralor General de la República, Magistrado del Tribunal de Cuentas y Fiscal de Cuentas.
El Defensor del Pueblo y su Adjunto, tampoco pueden participar como candidatos en las elecciones generales así como el Gobernador de provincia, de comarca indígena e Intendente o Corregidor y miembros de la Fuerza Pública.
¿Qué pasa si un candidato aún es funcionario público?
Según el código electoral, en el artículo 28 resalta que la persona que se postule como candidato a un puesto de elección popular no podrá ser designada ni ejercer mientras mantenga su postulación, ninguno de los cargos mencionados en el artículo anterior.
La postulación de un candidato en violación de esta prohibición, conlleva un vicio de nulidad absoluta y el cargo quedará vacante en caso de que el candidato fuera proclamado ganador, quedando obligado, aun en el evento de que pierda, a devolver los salarios percibidos, destaca el Código Electoral.