A través del Decreto 31 del 31 de mayo del 2018 el Tribunal Electoral regalmentó los artículos 10 y 11 del Código Electoral referentes al proceso de inscripción y votación para los ciudadanos que utilizarán el voto adelantado en las Elecciones Generales del 2019.
El TE explicó que el voto adelantado es la figura que permite el ejercicio del sufragio antes del día del evento electoral y quienes utilizarán este mecanismo solo podrán votar para el cargo de presidente de la República.
Podrán ejercer el sufragio mediante el mecanismo del voto adelantado: panameños que el día de las elecciones estén fuera del país; miembros de la Fuerza Pública; los miembros del Cuerpo de Bomberos; Sistema Nacional de Protección (Sinaproc); delegados electorales, servidores del Tribunal Electoral y de la Fiscalía General Electoral.
Las personas que deseen hacer uso del voto adelantado deberán inscribirse en las oficinas del Tribunal Electoral del 1 de noviembre de 2018 y el 31 de enero de 2019. Para la inscripción los interesados deben presentar su cédula de identidad personal, además de estar inscritos en el Padrón Electoral Preliminar, y en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.
Los funcionarios deberán firmar una declaración jurada y presentar un carné que los identifique como tales, al igual que los particulares que estarán fuera del país el 5 de mayo de 2019.
Quienes se inscriban para realizar el voto adelantado podrán hacerlo del 4 de marzo al 4 de abril de 2019 en la regional que seleccionen y serán excluidos del padrón de la mesa en que debían aparecer en el Padrón Electoral fotográfico final.
FUENTE: Ricardo Richards



