Este lunes de publicó en Gaceta Oficial, un Acuerdo de la Sala Cuarta del Órgano Judicial que declara “acceso restringido”, los registros que la dirección de seguridad de este Órgano del Estado llevan a cabo, en cuanto a las personas que ingresan o egresan de las instalaciones.
La iniciativa surge de una reunión liderada por el magistrado presidente, José Ayú Prado, quien sustentó en su exposición de motivos, que el Acuerdo busca salvaguardar los bienes de la institución, la vida y la honra de los funcionarios y usuarios del sistema judicial. La restricción incluye registros, videos que tengan que ver con el sistema de vigilancia que genere la entidad. El Acuerdo se ampara en lo dispuesto en la Ley No 6 del 2002, que dicta las normas para la Transparencia en la Gestión Pública, establece la Acción de Habeas Data y dicta otras disposiciones.
El Acuerdo 820 declara de acceso restringido la información a la vez que determina que la divulgación de ésta, estará circunscrita únicamente a los funcionarios que le deban en razón de sus atribuciones, de acuerdo a la Ley.



