La Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) aprobó dos nuevos acuerdos que buscan fortalecer la seguridad de las transferencias electrónicas, mejorar la transparencia de los servicios financieros y proteger a los clientes bancarios frente a posibles errores o fraudes en sus operaciones.
¿Qué cambiará en las transferencias bancarias en Panamá?
El Acuerdo No. 8-2026 establece lineamientos para que los bancos implementen mecanismos que permitan verificar la correspondencia entre los datos del beneficiario y la información registrada en las entidades bancarias antes de ejecutar una transferencia electrónica dentro del territorio nacional.
Asimismo, la regulación contempla que los clientes puedan verificar previamente información clave de la operación, como el nombre del titular de la cuenta receptora, el banco destinatario y el monto de la transacción. También incorpora mecanismos de alerta para advertir sobre posibles inconsistencias que puedan provocar errores o situaciones de fraude.
Estas disposiciones buscan proporcionar a los usuarios información adicional antes de confirmar sus operaciones bancarias.
Bancos tendrán hasta marzo de 2027 para aplicar otras disposiciones
Por su parte, el Acuerdo No. 9-2026 modifica el Acuerdo No. 6-2026 y establece que su entrada en vigor se extenderá hasta el 31 de marzo de 2027.
Según la Superintendencia de Bancos, esta decisión permitirá que las entidades financieras dispongan de más tiempo para adecuar sus sistemas, procedimientos y procesos internos a las nuevas exigencias regulatorias.
Además, la normativa incorpora un modelo ilustrativo de tabla de amortización que servirá como referencia para presentar información relacionada con las operaciones de crédito de los clientes.
La Superintendencia indicó que ambas medidas forman parte de sus esfuerzos para fortalecer la transparencia y la seguridad del sistema bancario panameño.
Los interesados pueden consultar los documentos completos en la sección de Normativa del sitio oficial https://www.superbancos.gob.pa/.



