El abogado Ángel Álvarez, quien fue el que presentó la demanda de inconstitucionalidad en contra del asilo de la ex jefa del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), de Colombia, María del Pilar Hurtado, indicó que las razones que expuso la canciller y vicepresidenta de la República, Isabel Saint Malo de Alvarado , son excusas.
" Lamentablemente creo que nuestra Canciller no está debidamente informada ", fueron parte de las expresiones de Álvarez quien detalló que la resolución que pedía la extradición de Hurtado, en el 2010, no debió ser atendida por la Cancillería, sino que debió recibirla y luego enviarla a la Corte Suprema de Justicia quien manejaba la demanda; sin embargo lo que se hizo fue enviarla a la Presidencia.
Otro punto que destacó el abogado, fue que el tratado de extradición entre Panamá y Colombia no permite el obstáculo que la Canciller ha citado, sino que dice que deberá atenderse los tratados públicos firmados entre ambas naciones, " y en este caso el tratado de extradición de 1928, solo establece tres causales, y ninguna de las tres se ajusta al hecho de que haya sido negada en el pasado ".
Sumado a esto, si se tomara en cuenta la negación de extradición, Álvarez alega que ésta no existe porque la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia nunca se pronunció y adicional, el tratado de extradición no contempla esa negación como causal para extraditarla.
Hace unos días, en declaraciones a Telemetro Reporta, Saint Malo de Alvarado, indicó que Panamá no ha podido acceder a la solicitud de extradición de Colombia, debido a que está fundamentada bajo las mismas causales por las que fue negada la primera solicitud hecha en el 2010.




