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Proyecto que implementa la creación de oficinas de atención al cliente de distribuidoras de energía es aprobado

Teiga Castrellón
Por Teiga Castrellón

El proyecto de Ley N°427 que adiciona artículos a la Ley 6 de 1997 , sobre el marco regulatorio e institucional para la prestación del servicio público de electricidad, para implementar el establecimiento de oficinas de atención al cliente, fue aprobado esta tarde en su tercer debate.

En consenso el pleno legislativo aprobó esta iniciativa, propuesta por la diputada Yanibel Ábrego, quien aseguró que ya era hora de que las empresas de distribución energía le ofrecieran este servicio a la comunidad ante la gran cantidad de reclamos que realiza a diario la ciudadanía sobre la prestación de este servicio.

El proyecto establece en su primer artículo, que se adiciona al artículo 112-A de la Ley 6 de 1997, que cada empresa de distribución eléctrica, en consideración a su área de concesión, establecerá, como mínimo, una oficina o agencia comercial para la atención de los clientes en los corregimientos cabecera de cada distrito para la realización de todos los trámites relacionados con la actividad del servicio público de distribución y comercialización. 

Sin embargo, agrega que para el distrito de Panamá se deberán tener como mínimo cuatro oficinas o agencias comerciales, y para los distritos de San Miguelito y Colón establece que el mínimo de establecimiento será de dos oficinas o agencias por concesionario.

La iniciativa reglamenta la instalación de las oficinas por un término de seis meses, así como un horario que irá de seis días a la semana y 48 horas a la semana.

Se faculta a la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos para solicitar el traslados de las agencias a una mejor ubicación para el cliente.

Las oficinas de atención deberán estar debidamente identificadas, contar con centros de atención telefónica y poner a disposición la facilidad vía Internet la presentación de reclamos.

Entre los reclamos que deberán atender estas oficinas de atención, según el anteproyecto, como mínimo están:

Recibir y registrar los reclamos verbales que efectúe un cliente o persona, relacionados con la actividad de la distribuidora, sin requerir escrito alguno. Recibir y registrar reclamos que efectúen los clientes por artefactos eléctricos dañados por fluctuaciones de voltaje y/o interrupción del servicio eléctrico. Atender a los clientes que reporten luminarias defectuosas y hacer las gestiones para el registro del reporte. Atender las solicitudes de los interesados en la conexión del servicio eléctrico y la instalación del medidor eléctrico. Facilitar al cliente el restablecimiento del servicio, cuando haya sido suspendido por falta de pago y este haya pagado.   Explicar a los clientes, con facturas estimadas, en qué consisten las estimaciones que le aparecen en la factura. Atender reclamos e inquietudes de los clientes relacionados con la facturación. Atender reclamos de clientes relacionados con los pagos de facturas. Explicar a los clientes que lo soliciten todos los cargos que se le cobran en las facturas por el servicio y los subsidios que reciben. Tramitar los descuentos de jubilados de los clientes que lo soliciten. Atender a los interesados en averiguar la disponibilidad del servicio eléctrico. Atender a los clientes que soliciten cambio de medidor eléctrico. Recibir las cartas o notas escritas que se entreguen en la agencia, y entregar las notas de respuesta de estas a los clientes e interesados. Dar razón a los clientes de los reclamos recibidos. Recibir las solicitudes de desactivación del suministro eléctrico por petición del cliente. Recibir los planos y tramitar las estimaciones de costos para obras sencillas. 

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