Defensores de los derechos de niños y niñas catalogan como "injustos" los acuerdo de pena proporcionados por el Ministerio Público, a personas que han cometido actos libidinosos y violaciones en perjuicio de menores de edad.
"Como defensores de los derechos de los niños y las niñas no estamos de acuerdo. El acuerdo de pena se hizo con el objetivo de disminuir el flujo de casos en el Sistema Penal Acusatorio, y esto no pesa más que la vida de una niña, hablando en el caso de Lina y de los demás niños que son violados sexualmente, si ponemos una balanza; estamos dando prioridad a otros temas que la vida de los niños que están comenzado a vivir", dijo Córdoba.
La ilustración de la defensora, surgió producto a supuestos acercamientos entre la Fiscalía de Femicidio de Chiriquí y el presunto homicida de la Lina, donde se presume el tema de conversación fue la negociación de un acuerdo de pena.
Por su parte, la aboda Zuky Yard, explica que en Panamá: "la figura de los acuerdos de pena es una negociación que se da entre el Ministerio Público y la defensa de las personas que son procesadas".
Omitiendo así, la opinión de la víctima del delito, "increíblemente en la República de Panamá la víctimas, tienen voz, pero no tienen voto", puntualizó Zuky Yard.
Acuerdo de pena: ¿Qué dice la Ley al respecto?
Según el marco legislativo, este arreglo se regula en un único Artículo, siendo el mismo el 220 que dicta:
A partir de la audiencia de formulación de imputación y antes de ser presentada la acusación al Juez de Garantías, el Ministerio Público y el imputado, podrán realizar acuerdos relacionados con:
- La aceptación del imputado de los hechos de la imputación o acusación, o parte de ellos, así como la pena a imponer.
- La colaboración eficaz del imputado para el esclarecimiento del delito, para evitar que continúe su ejecución, para evitar que se realicen otros delitos o cuando aporte información esencial para descubrir a sus autores o partícipes.
Luego del acuerdo el Fiscal debe presentarlo ante un juez de garantía, quien únicamente podrá negarlo cuando haya ocurrido corrupción o banalidad o por desconocimiento de los derechos o garantías fundamentales.