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Minsa establece definición de contacto estrecho de un positivo COVID-19 y acciones a seguir

El contacto estrecho comunitario es el contacto cercano, físico, directo con un paciente COVID-19, a menos de 2 metros por un periodo de 15 minutos o más, sin mascarilla o su uso inadecuado.

Nimay González
Por Nimay González

El Ministerio de Salud de Panamá (Minsa) ha procedido a modificar la definición de lo que se considera un contacto estrecho con una persona que es positivo de COVID-19 y las acciones a seguir para disminuir el riesgo de propagación.

Según se ha sido establecido a través de la Resolución N° 0029, se define como contacto estrecho comunitario (familiar, laboral y social), el contacto cercano, físico, directo o en espacio cercano con un paciente COVID-19 confirmado, a menos de 2 metros por un periodo de tiempo de 15 minutos o más, sin mascarilla o con uso inadecuado de la mascarilla.

Además, define como contacto estrecho en entorno sanitario, al personal de salud que atiende pacientes COVID-19 confirmados o maneja muestras de laboratorio para la detección de la COVID-19 sin usar el equipo de protección (EPP) recomendado según riesgo.

El documento establece los protocolos a seguir tanto para los casos de personas con síntomas y personas sin síntomas tras contacto estrecho. A continuación el cuadro con las definiciones y las acciones a seguir:

Definiciones de contacto estrecho comunitario (familiar, laboral y social) y en entorno sanitario y las acciones a seguir para disminuir el riesgo de propagación de la COVID-19.

La Resolución N° 0029 que aprueba las definiciones de contacto estrecho comunitario y en entorno sanitario y las acciones a seguir para disminuir el riesgo de propagación de la COVID-19 fue promulgada este viernes en Gaceta Oficial.

https://twitter.com/MINSAPma/status/1482101015923023873