El director de Organización Electoral, Osman Valdés, brindó detalles este jueves sobre la convocatoria a la Elección General el 5 de mayo de 2024 y el inicio del proceso para candidaturas por libre postulación, el cual consta de dos fases: el registro de la postulación y la recolección de firmas de respaldo.
Detalló que el proceso de recolección de firmas podrá hacerse directamente en el Tribunal Electoral; la aplicación creada por la entidad para ser instalada en celulares que el candidato tenga destinados para esta recolección, lo cual tendrá un costo de B/.36.00 por cada celular; a través llamando al Tribunal Contigo; y los libros para las área donde no hay conectividad a Internet, lo cual será gestionado por funcionarios del Tribunal Electoral. No se le dará libros a los candidatos.
La cantidad mínima de firmas de respaldo será equivalente al 2 % de los votos válidos emitidos en la última elección, según el cargo y circunscripción que corresponda; pudiendo participar en la Elección General, solamente, los tres (3) candidatos que más firmas hayan obtenido.
Por otro lado, Valdés indicó que no se podrá postular listas de alianza de independientes y partidos en los circuitos plurinominales, ya que la ley no lo contempla, aunque en circunscripciones uninominales sí lo permite.
“La ley solamente permite la postulación entre partidos en los circuitos plurinominales, no lo consideró para una lista de libre postulación y una lista de partidos. Sí hay lista de libre postulados pero no puede haber alianza con partidos… la otra posibilidad que tienen los partidos, no se habla en la ley de una alianza, pero sí es factible y posible que un partido político pueda postular a un candidato por libre postulación siempre y cuando ese candidato por libre postulación esté en firme, haber llegado a la cantidad de firmas y pasado todo el proceso”, puntualizó.
Cabe mencionar que las personas que aspiren a una precandidatura para el cargo de presidente de la República, deben hacer la solicitud en la Dirección Nacional de Organización Electoral (DNOE) y en el caso de los otros cargos, la solicitud debe ser presentada ante la Dirección Regional de Organización Electoral de la respectiva circunscripción.



