La mayoría de los 17,274 habitantes de Bocas del Toro —que dependen del transporte marítimo para movilizarse, abastecerse y sostener su actividad económica— se beneficiará con la reconstrucción del muelle fiscal y sus oficinas administrativas en Puerto Almirante. En ese marco, la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) abrió una Solicitud de Información (SDI) en el sistema Panamá Compra como parte del estudio de mercado para el proyecto.
El muelle fiscal de Puerto Almirante, ha sido históricamente un punto estratégico para el transporte de mercancías hacia las islas del archipiélago, incluyendo Isla Colón, Carenero y Bastimentos. El aumento de la actividad comercial y turística, junto al deterioro del muelle, ha sobrepasado su capacidad, provocando el colapso de parte de su estructura.
Ante este escenario, se plantea la ejecución de una reconstrucción integral del muelle, acompañada de ampliaciones que permitan su transformación en una instalación portuaria moderna y eficiente, capaz de responder a las demandas actuales y futuras de la región.
La modernización de esta infraestructura contribuirá a mejorar el flujo de mercancías, fortalecer el transporte de pasajeros y dinamizar el turismo, impulsando el desarrollo económico de la provincia.
La SDI permitirá a la AMP recopilar información del mercado para establecer parámetros de referencia y conocer la disponibilidad de proveedores, materiales y servicios requeridos para la ejecución del proyecto. La recepción de información estará abierta hasta las 3:00 p.m. del jueves 14 de mayo de 2026.
La convocatoria está dirigida a empresas nacionales e internacionales del sector constructivo, civil, marítimo y portuario, interesadas en aportar información que contribuya a la adecuada estructuración del proyecto.
La participación en esta SDI es de carácter consultivo y no implica compromiso contractual ni genera beneficios adicionales para los participantes. Este proceso constituye un requisito previo para la convocatoria a licitación pública, conforme a lo establecido en los artículos 47 y 48 del Decreto Ejecutivo No. 439 de 2020, modificado por el Decreto Ejecutivo No. 34 de 2022.






