El Tribunal Electoral ha detallado los requisitos y pasos que deben seguir las parejas que deseen formalizar su matrimonio de hecho ante el Registro Civil. Esta unión tiene los mismos efectos legales que un matrimonio civil y puede ser inscrita siempre que se cumplan ciertos criterios.
¿Quiénes pueden solicitar el matrimonio de hecho?
Las parejas deben demostrar que han mantenido una unión estable y singular durante cinco años consecutivos y que están legalmente capacitadas para contraer matrimonio.
Requisitos para la inscripción
Para solicitar el reconocimiento del matrimonio de hecho, se deben presentar los siguientes documentos:
- Declaración jurada de dos personas honorables y vecinas del lugar donde se ha mantenido la unión.
- Copia de cédula de identidad personal de ambos convivientes y de los testigos.
- Solicitud de inscripción, firmada por ambos convivientes.
- Si el matrimonio ha sido ordenado por una autoridad competente, se debe adjuntar una copia autenticada y ejecutoriada de la resolución.
¿Dónde se puede solicitar?
El Tribunal Electoral es la institución encargada de aprobar estos trámites. Las parejas pueden presentar su solicitud mediante una resolución motivada y suscrita por autoridad competente, la cual debe estar debidamente autenticada.
Este reconocimiento brinda seguridad jurídica a las parejas que han convivido de manera estable y desean formalizar su unión ante la ley.