Este lunes se publicó en Gaceta Oficial la Ley 11 del 23 de junio de 2014, que autoriza el servicio de escolta y seguridad personal a expresidentes de la República. Esta Ley modifica la Ley 55 del 19 de julio de 1996.
Según se establece en el artículo 1, se autoriza el servicio de escolta y seguridad personal a todos los ciudadanos, que elegidos por votación popular, hayan ocupado el cargo de Presidente de la República, en calidad de titular, así como a su cónyugue o quien en su momento haya ocupado el cargo de Primera Dama de la República.
Este beneficio de escoltas será por un lapso de diez años para la conyuge o quien haya desempeñado las funciones de primera dama de la República. Además establece la designación de este servicio por un periodo de 5 años a los hijos de expresidentes.
Cabe señalar que el presidente electo Juan Carlos Varela, ha manifestado que una vez tome posesión del cargo, se realizarán las respectivas consultas y evaluaciones sobre la constitucionalidad de esta Ley.