Según lo establecido en la Gaceta Oficial N° 27712-A , los árboles longevos (con más de 50 años) serán considerados Patrimonio del Municipio de Panamá y no se permitirá la tala de los mismos.
A todos aquellos árboles considerados longevos, se les colocará una placa distintiva, la cual contendrá su nombre científico y común; así como el número que le corresponda dentro del inventario. Sin embargo, la Alcaldía de Panamá emitió el Decreto N° 7-2015 que establece medidas para el reemplazo de aquellos árboles longevos que representen un peligro para la población.
El nuevo Decreto Alcaldicio señala que "cuando se determine mediante estudio científico realizado por personal idóneo", que algún árbol presente signos de deterioro en su estructura, éste podrá ser talado. Quedará constancia de esto en un acta, y por cada árbol talado la Alcaldía de Panamá procederá a sembrar otro en la misma área.