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ATTT define áreas de servicio de grúa para empresas autorizadas en la capital

Este lunes se emitió la Resolución AL-108 mediante la cual la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), define las áreas de servicio para las empresas autorizadas en la remoción de vehículos con grúas por infracciones al Reglamento de Tránsito en la provincia de Panamá.

Con lo establecido en este documento las áreas de servicio a las cuales serán asignadas las empresas autorizadas por la ATTT queda de la siguiente forma:

La zona 1 comprende: desde el corregimiento de Veracruz hasta los corregimientos de Ancón, Bella Vista y Calidonia

Zona 2: Desde el puente del distrito de San Miguelito hasta El Parador.

Zona 3: Desde el corregimiento de Los Andes hasta el corregimiento de Chilibre.

Zona 4: Desde el corregimiento de Pedregal hasta el distrito de Chepo.

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Estas medidas forman parte del artículo 23 del anexo A de la Resolución AL-349 , que dispone la posibilidad de sectorizar por áreas de servicio… según la ubicación del patio que utilicen para almacenaje de los vehículos.

Cabe destacar que los nuevos procedimientos consisten en la implementación de una "plataforma única de servicio de contacto", lo que significa que la gestión se hará mediante el Centro de Contacto de Atención Ciudadana 311, que se encargará de administrar, organizar y supervisar el despacho de los servicios de remoción de los vehículos que infrinjan normas de tránsito.

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