Si usted ha extraviado u olvidado algún objeto dentro de los vagones o instalaciones del Metro de Panamá, puede relajarse. No todo está perdido.
La Junta Directiva del Metro de Panamá (MPSA) recomendó la elaboración de un reglamento que regula el tratamiento de todos los objetos y bienes que quedan en el Metro, y dicho documento comenzó a regir desde este martes mediante la Resolución 02-2016 , promulgada en la Gaceta Oficial.
El documento ofrece la posibilidad de recuperar desde carteras de mujeres, billeteras y diversos objetos, incluso los de valor, sin embargo todos cuentan con un procedimiento especial y tiempo de custodia, y serán ingresados en una base de datos de la institución.
Por ejemplo, en el caso de una cartera o una billetera, un trabajador del Metro se limitará a entregarla al responsable de la Estación y conjuntamente procederán a verificar si tiene documentos de identidad personal, de modo de consignarlo en la base de datos.
Si la billetera contiene dinero en efectivo, también se dejará constancia de la cantidad. Luego de esto, la cartera será entregada en las oficinas del Edificio EAO donde se ubican las oficinas del Metro; y se procederá a la custodia, según el reglamento, hasta que el usuario o viajero se acerque a dar aviso del objeto extraviado.
En el caso de las cédulas de identidad personal, pasaportes, carnet y otras identificaciones, éstas serán remitidas la Dirección Administrativa del Metro, que canalizará a los entes de emisiones, como el Registro Civil, Autoridad de Pasaportes o instituciones públicas y privadas. Sin embargo, las tarjetas de transporte que no cuentan con identificación correrán con otra suerte.
El artículo 6 del reglamento establece que las tarjetas sin personalizar y que tienen saldo, se le solicitará a la empresa responsable del contrato, el bloqueo de las mismas, y una vez se confirme la desactivación procederán a su destrucción.
Cuando se trate de objetos con un valor económico significativo, o mayor de 50 dólares, se acelerará el proceso para trasladarlo a la oficinas del Metro.
Y el reglamento establece que la Dirección Administrativa contará con cinco días hábiles para definir el destino de los Objetos Encontrados; ya sea para descarte o destrucción; remitir a organizaciones sin fines de lucro o instituciones públicas o como ingreso a activos del Metro. Esto amparados bajo el artículo 45 de la Ley 109 de 2013 que señala que el Metro de Panamá S.A. no responderá por los objetos encontrados en los vagones ni en las instalaciones.
Los usuarios o viajeros para soliciar la devolución de un objeto encontrado en los vagones o instalaciones del Metro, deberán acudir a la estación del Metro donde extravió el objeto, a la estación Terminal de Albrook, a las oficinas del Metro de Panamá S.A. Edificio EAO, Dirección de Operaciones, o tendrá la alternativa de llamar al número 504-7200 o escribir a la dirección [email protected],pa.
Mediante estas vías podrá hacer una descripción detallada del artículo y referir donde lo perdió, ello hasta tanto se habilite la Oficina de Atención al Viajero.