El exdirector del Instituto de Mercadeo Agropecuario (IMA), Edwin Cárdenas, ha sido encontrado patrimonialmente responsable por la lesión patrimonial de 5.6 millones de dólares contra el Estado, por el caso relacionado con el manejo de los recursos de Fondos del Fideicomiso del Programa Para Solidaridad Alimentaria, informó este miércoles la Fiscalía General de Cuentas.
Mediante Resolución del Tribunal de Cuentas 1-2019 del 3 de enero 2019, se declaró responsable directo a un vinculado por la lesión patrimonial en contra del Estado por un monto de B/. 5, 647,294.26, suma que incluye los intereses generados desde el momento de la irregularidad hasta la fecha de emisión de la resolución, que suman B/.488,967.56.
Con esto, Cárdenas queda condenado a resarcir el monto total de la lesión al Estado y hasta que no lo haga quedará con esa deuda de manera permanente, y " corresponderá ahora liquidar esta sentencia al juzgado ejecutor de la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas "
El Fiscal de Cuentas, Guido Rodríguez, explicó que el proceso por este caso iniciaron en el año 2015, mediante un informe de auditoría que emitió la Contraloría sobre la gestión entre 1 de julio de 2014 y marzo de 2015 en el IMA, donde " hubo una serie de irregularidades que tuvieron que ver con desgreños administrativos y con unas contrataciones que no pudieron justificarse ".
" El hecho consistió en que los funcionarios encargados de la administración y manejo de los recursos del programa ejecutado por el IMA, no realizaron la debida planificación en el proceso de compra, manejo y distribución de los productos alimenticios (logística), dando como resultado el pago excesivo por el trámite no oportuno de los contenedores y las mercancías recibidas en los puertos navieros ", detalló la Fiscalía de Cuentas.
Añade que la investigación efectuada por la Fiscalía constató que hubo un incremento en los costos de descarte, destrucción de productos (arroz y cebolla), incineración y almacenaje portuario de los 86 contenedores donde reposaban los alimentos.
En ese sentido, la pérdida por deterioro, la descomposición de las mercancías y el pago de los productos no recibidos en bodega, ocasionaron el perjuicio económico a las arcas del Estado.
Por otro lado destaca que " esta es la condena más alta que se logra en la jurisdicción de cuentas desde que fue instituida en el año 2009, por actos en contra de los bienes estatales" .
Guido agregó que la persona vinculada y condenada en esta resolución de cargos tiene la potestad de interponer recursos de reconsideración, ante el mismo pleno del Tribunal de Cuentas, sin embargo, considera que es difícil que un recurso de reconsideración ante la misma instancia prospere con una decisión distinta de la que ya tomaron los tres magistrados por unanimidad, pero dilataría la ejecutoria de la sentencia.
Además podría recurrir ante la Sala Tercera de los Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia con una acción de plena jurisdicción, aunque hasta este momento, ninguna setencia ha sido revocada por esta instancia.
FUENTE: Nimay González



