
La tarde de este viernes el juez, Leslie Alberto Loaiza, emitió dos resoluciones dentro de las investigaciones relacionadas al caso del extinto Programa de Ayuda Nacional (PAN).
Se trata de un fallo de sentencia condenatoria que declara penalmente responsable a Charles Sadat Bonilla, como cómplice primario del delito de Diferentes Formas de Peculado, y como autor del delito de Corrupción de servidores Públicos.
Por este hecho se le condenó a seis años y medio de prisión e inhabilitación de funciones públicas por 80 meses. Se le ordenó además, el decomiso de una de sus cuentas bancarias.
Igualmente, en este mismo proceso seguido por la compra de llantas de vehículos del PAN, se declaró penalmente responsables a Edwin Miguel Serracín Pineda y a Ana Victoria Andrión Mejía, y se les condenó a cuatro años de prisión e inhabilitación de funciones públicas por igual término, como autores del delito de Diferentes formas de Peculado.
Sin embargo, a Serracín Pineda y Andrión Mejía, de manera oficiosa se les reemplazó la pena de prisión por días multa, lo cual arroja un total de B/.1,000.00 y B/.2,000.00, respectivamente, que deberán pagar cada uno de los procesados en favor del Tesoro Nacional en un término de un año.
Blanqueo de capitales:
Por otro parte, el juez Leslie Loaiza también dictó el auto de sobreseimiento definitivo en favor de 18 personas investigadas por el caso PAN, dentro de las sumarias seguidas en su contra, por supuesto blanqueo de capitales, y asociación ilícita para delinquir.
- Rosa Elvira González
- Charles Sadat Bonilla
- Pacífico González
- Javier Oscar Cachafeiro
- Mónica María Andrade
- Loraine Brigitte Guardia
- Esperanza Juarez Andrade
- Abraham Williams Gallardo
- Vijey Edsel Pérez González
- Carlos Roberto Ramos
- Celia Aurora Jiménez
- Mónica Elena Peralta Othon
- Jonathan Ryan Guardia
- Boris Zeballos Tenorio
- Rafael Guardia Juarez
- Junia Esther Ortega
- Alvin Araúz Andrión
- Daniel Alberto Ríos
Esto, luego de concluir que “ni el hecho punible mediante auditoría se probó el blanqueo de capitales y tampoco el aspecto subjetivo ya que en la mayoría de los sindicados ni se conocen.”
Es decir, se dejó sin efecto todas las medidas cautelares personales de los investigados en su momento por el Ministerio Público (MP).