El Servicio Nacional de Migración (SNM), dispuso que todo extranjero que haya permanecido fuera de Panamá, por un período de más de 2 años y hasta 6 años, podrá solicitar la rehabilitación de su permiso de residente permanente.
Mediante la Resolución N°. 17405 de 29 de agosto de 2019 , deja sin efecto la Resolución N° 22657 del 12 de agosto de 2015, y define los pasos a seguir y requisitos que deben ser presentados.
De acuerdo con el SNM, la solicitud deberá ser presentada mediante Apoderado Legal dígase un abogado.
Entre los requisitos están aportar copia de las generales del pasaporte y del sello de registro; copia de Carné otorgado por la Dirección de Cedulación del Tribunal Electoral (debidamente autenticado por esa Institución); Declaración Jurada ante Notario Público, manifestando los motivos por los cuales estuvo ausente del territorio panameño, entre otros.
La entidad indica que el extranjero contará con un término de 30 días hábiles a partir de la fecha de su ingreso al territorio nacional, para presentar su solicitud.
"Quedan exceptuados de este trámite aquellos extranjeros de nacionalidad italiana que hayan obtenido su Residencia Permanente amparada por el Tratado de Amistad y aquellos extranjeros que hayan obtenido su Residencia Temporal mediante los procesos de Crisol de Razas y Regulación Migratoria Extraordinaria”, señaló un comunicado.
Cabe señalar que todo extranjero que haya permanecido más de 6 años fuera del territorio nacional, debe iniciar un nuevo trámite migratorio conforme la normativa vigente.
FUENTE: Odalis Núñez




