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Empresas deberán remitir información al MICI para que no les deshabiliten salvoconductos

A partir de este jueves 16 de abril, las empresas constituidas por persona natural o jurídica, que hayan emitido salvoconductos a favor de sus colaboradores para permitir la circulación, tras decretarse cuarentena por el COVID-19, deben remitir al Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), información sobre nombre, contacto y número de teléfono de la compañía.

Los datos, deberán ser enviados a la dirección electrónica [email protected], desde las 8:00 a.m. del jueves hasta las 5:00 p.m. del viernes 17 de abril.

Una vez se haya enviado el correo, el MICI contactará a la empresa por el mismo medio y solicitará más información de ser requerido.

La entidad advirtió que "la información recibida será revisada y validada", y posteriormente será remitida al Ministerio de Seguridad. 

Esto, luego que la ministra de Salud, Rosario Turner informó que los salvoconductos que están vigentes por el momento tendrán validez hasta el próximo martes 21 de abril.

El MICI advirtió que aquellas empresas que no remitan la información, se les deshabilitará sus salvoconductos por la Policía Nacional.

"En caso de falsedad en la información suministrada al MICI, será sancionado de conformidad con la Ley 40 de 16 de noviembre de 2006 y el artículo 3 del Decreto Ejecutivo 500 del 20 de marzo de 2020, sin perjuicio de otras sanciones civiles y/o penales que correspondan", indicó la institución.

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FUENTE: Linda Batista