El Servicio Nacional de Migración (SNM) reiteró que las caravanas para salida de extranjeros de Panamá, sin autorización previa, están prohibidas y son penalizadas.
La entidad explicó que el único procedimiento válido para las salidas de Panamá se establece mediante sus respectivas sedes diplomáticas (embajada o consulado) donde debe iniciar todos los procesos y solicitudes, y esperar las confirmaciones de fechas autorizadas para la salida.
Además, el SNM recordó que se mantienen vigente las medidas de movilidad ciudadana por la pandemia del COVID-19.
" El insistir en incumplimientos de la mencionada Resolución No 360 del 30 de marzo de 2020 acarrea sanciones respectivas que serán impuestas por las autoridades correspondientes, de acuerdo a su competencia ", indicó el SNM.
De acuerdo con la entidad, por ser caso de personas extranjeras, el numeral 2 del Artículo 31 de la Ley Migratoria indica que atentar contra la seguridad nacional, el orden público, la moral o la salud pública, o por violar los derechos y libertades de las personas, será sancionado con la cancelación de visas y permisos migratorios, que concluye en la deportación, acción que el extranjero infractor deberá esperar en un albergue de retención, hasta tanto se den las aperturas de las fronteras.




