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PANAMÁ Nacionales -  1 de marzo de 2025 - 15:55

Bono permanente para jubilados y pensionados: Conoce la fecha del primer pago según la Ley 438

Según la Ley 438, promulgada el 14 de junio de 2024, a partir del año fiscal 2025, los jubilados y pensionados comenzarán a recibir un bono permanente.

Por Emiliana Tuñón

A partir del año fiscal 2025, los jubilados y pensionados inscritos en las planillas de la Caja del Seguro Social (CSS) comenzarán a recibir un bono permanente, conforme a lo dispuesto en la Ley 438, promulgada el 14 de junio de 2024.

Los beneficiarios serán aquellos que se encuentren registrados en las planillas de la CSS al momento de la entrada en vigencia de la ley y será financiado con fondos provenientes del Tesoro Nacional. Los recursos se obtendrán a través del impuesto selectivo al consumo de bebidas alcohólicas.

Contenido relacionado: Requisito para recibir el beneficio del bono permanente

El bono permanente deberá ser desembolsado de la siguiente manera

Según la ley, el bono permanente deberá ser entregado en tres partes: B/.50.00 en abril, B/.50.00 en agosto y B/.40.00 en diciembre. Los beneficiarios serán aquellos que se encuentren registrados en las planillas de la Caja del Seguro Social (CSS) al momento de la entrada en vigencia de la ley.

El financiamiento de este bono provendrá del Tesoro Nacional, con fondos recaudados a través del impuesto selectivo al consumo de bebidas alcohólicas. Esta medida representa un avance en el apoyo económico para los jubilados y pensionados del país, ofreciéndoles un respaldo adicional en su bienestar.

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