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PANAMÁ Nacionales -  6 de marzo de 2025 - 10:28

Bono permanente a jubilados y pensionados: Requisito indispensable recibirlo según la Ley 438

Según la Ley 438, promulgada el 14 de junio de 2024, los jubilados y pensionados de Panamá recibirán un bono permanente a partir del año fiscal 2025.

Por Emiliana Tuñón

Los jubilados y pensionados registrados en las planillas de la Caja del Seguro Social (CSS) podrán acceder al beneficio del bono permanente, de acuerdo con lo establecido en la Ley 438, que entró en vigencia recientemente.

Según la normativa, el bono será entregado en tres partes a lo largo del año: B/.50.00 en abril, B/.50.00 en agosto y B/.40.00 en diciembre, totalizando B/.140.00 anuales.

Contenido relacionado: Detalles del pago del bono permanente a jubilados y pensionados, según la Ley 438

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Bono permanente a jubilados y pensionados deberá ser pagado en esta fecha

Según lo establecido en la Ley 438, promulgada el 14 de junio de 2024, los jubilados y pensionados comenzarán a recibir un bono permanente de la Caja del Seguro Social (CSS) a partir del año fiscal 2025.

El financiamiento de este bono provendrá del Tesoro Nacional, utilizando los fondos recaudados a través del impuesto selectivo al consumo de bebidas alcohólicas.

Este beneficio representa un avance significativo en la mejora de la calidad de vida de los jubilados y pensionados en Panamá, brindándoles un soporte económico adicional.

Para conocer más detalles, los interesados pueden consultar la Gaceta Oficial sobre la Ley 438.

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