La Dirección General de Ingresos (DGI) informó a los contribuyentes que, de cara a la implementación de la Ley No. 473 de 19 de junio de 2025, que dicta normas sobre Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia, y establece para los comercios la obligación de exhibir el precio total de los bienes y servicios, incluidos impuestos, tasas y cualquier otro cargo aplicable, esta normativa no modifica en ningún aspecto la forma en que debe emitirse la factura fiscal vigente en el país.
La DGI comunicó que la obligación de exhibir el precio total de los bienes y servicios, incluidos los impuestos y tasas relacionados con la transacción, no implica cambio alguno en el formato ni en el contenido de la factura fiscal que recibe el comprador. Asimismo, se mantiene la obligación de los comercios o de la persona que presta el servicio de expedir la factura a quienes adquieren el bien o servicio.
En materia tributaria, la DGI reafirmó que el Decreto Ejecutivo No. 84 de 2005 se mantiene vigente y establece, entre los requisitos esenciales de la factura que se entrega a la ciudadanía, el desglose del ITBMS, así como del ISC (Impuesto Selectivo al Consumo).
Además, la factura fiscal deberá contener la descripción de la operación efectuada, la cantidad, el precio unitario, el monto total, las condiciones de pago acordadas, el logotipo de la DGI, el número de RUC y el domicilio del comercio o de la persona que emite el documento. En el caso de las facturas electrónicas, estas deberán incluir un código QR que permita verificar su validez, entre otros requisitos.
Para más información, los interesados pueden visitar el https://dgi.mef.gob.pa las redes sociales @dgipma en Instagram, así como las oficinas principales de la Dirección en la ciudad capital y las administraciones provinciales de Ingresos en el interior del país.




