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Lanzan Sistema Privado y único de Registro de Beneficiarios finales

El sistema se desarrolló cumpliendo con altos estándares internacionales de transparencia y lucha contra el blanqueo de capitales.

Catherine Perea
Por Catherine Perea

La Superintendencia de Sujetos no Financieros (SSNF) realizó el lanzamiento del Sistema Privado y Único de Registro de Beneficiarios Finales, con fundamento legal en la Ley 129 de 17 de marzo de 2020, mediante la cual se crea este sistema y reglamentada por el Decreto Ejecutivo 13 del 25 de marzo de 2022.

La SSNF explicó que la herramienta se desarrolló con el apoyo tecnológico e institucional de la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental (AIG), siguiendo lineamientos del presidente de la República, Laurentino Cortizo de cumplir con altos estándares internacionales de transparencia y lucha contra el blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.

En las próximas semanas se lanzará un programa de capacitación para agentes residentes, en varios puntos del país para el uso efectivo de la plataforma, indicó SSNF.

De acuerdo con la ley el objetivo es establecer un marco regulatorio para la creación del Sistema Privado y Único de Registro de Beneficios Finales de personas jurídicas, con el fin de facilitar el acceso sobre beneficiarios finales de personas jurídicas recabados por abogados o firmas de abogados que presten servicios de agentes residentes para asistir a la autoridad competente en la prevención de delitos de blanqueo de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.

La ley fue reglamentada mediante Decreto Ejecutivo 13 del 25 de marzo de 2022.

Los abogados y las firmas de abogados, deberán proveer digitalmente todos los datos y documentación que les sean requeridos para ser habilitados y prestar el servicio.

El decreto establece que desde la fecha de constitución de la persona jurídica, el agente residente tendrá un plazo de 15 días hábiles para incluir en el Sistema Único, los datos de la persona jurídica, como la dirección, teléfono, y correo electrónico.