El Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) estableció, mediante el Decreto Ejecutivo 36 del 30 de septiembre de 2025, los precios de referencia tope para los medicamentos utilizados en el tratamiento de enfermedades crónicas en Panamá.
De acuerdo con el decreto, la medida tendrá una vigencia de seis meses y entrará a regir 10 días hábiles después de su promulgación en la Gaceta Oficial, con aplicación en todo el territorio nacional.
Supervisión a cargo de ACODECO
La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO) será la entidad encargada de velar por el cumplimiento de la norma y aplicar sanciones a los agentes económicos que la infrinjan, conforme a lo estipulado en la Ley 45 de 2007.
Análisis de los medicamentos regulados
El decreto detalla que, tras una revisión de los 119 medicamentos regulados por el Decreto Ejecutivo 7 de febrero de 2025, se determinó lo siguiente:
51 medicamentos corresponden al tratamiento de enfermedades crónicas.
- De estos, 14 presentan baja disponibilidad en el mercado privado.
- 3 son ofrecidos por el Ministerio de Salud a precios más económicos.
68 medicamentos corresponden a enfermedades no crónicas.
- 33 son comercializados por el MINSA a precios accesibles.
- 17 tienen escasa o nula presencia en farmacias privadas.
El MICI resaltó que esta regulación busca garantizar acceso a medicamentos esenciales y aliviar la carga económica de los pacientes que dependen de tratamientos prolongados para enfermedades crónicas como diabetes, hipertensión o afecciones cardiovasculares.




