Quienes pueden acceder a la moratoria ofrecida por la Alcaldía de Panamá son los contribuyentes que cumplan las condiciones transitorias especiales, las mismas son establecidas para que la persona pueda realizar un arreglo de pago o cancelar la totalidad de la deuda.
¿Cuáles son los requisitos para aplicar a la moratoria?
Como requisito mínimo que ha colocado la alcaldía de Panamá es que el contribuyente no debe mantener Declaraciones Juradas pendientes de presentación, ni arreglos de pago activos a la fecha. Así podrán ser exonerados de los recargos e intereses que refleje el estado de su cuenta.
Quienes no podrán ser exonerados de los recargos e intereses de su cuenta son:
- Multas por sanciones.
- Otros impresos, ingeniería.
- Tasa por revisión de planos (por cada hoja).
- Cartón de permiso de construcción.
- Impuesto de construcción.
- Edificación y reedificación ocupacional.
- Uso de aceras para propósitos varios.
LEER NOTA: Moratoria para pago de tributos en la Alcaldía de Panamá vence el 30 de noviembre
Desde el año 2020, la alcaldía de Panamá otorgó diversas medidas de apoyo económico por el orden de los 62 millones de balboas y para este año esperan contribuir con un ahorro para los contribuyentes de 22 millones, según declara un informe presentado por la entidad.
Así que, el alivio tributario a los contribuyentes de los 26 corregimientos del distrito capital concedido por el Consejo Municipal de Panamá por medio de la aprobación de un periodo de moratoria para el pago de impuestos que incluye la exoneración del 100% de los recargos e intereses concluye mañana 30 de noviembre.





