El Gobierno de Panamá aprobó el Decreto Ejecutivo No. 7 del 13 de julio del 2023, que reglamenta de manera transitoria los artículos 17 y 18 del Código de Trabajo y se crea el Permiso de Trabajo para Trabajador Migrante bajo el Estatus del Permiso Temporal de Protección.
Es decir, que para solicitar el documento que les permita el permiso de trabajo, las personas deben estar en el proceso de pre-registro ante el Sistema Nacional de Migración y contar con una cita que los habilite para poseer el Estatus de Permiso Temporal de Protección.
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¿Cuáles son los requisitos para optar por el permiso de trabajo?
El artículo 3 describe los requisitos para solicitar el permiso de trabajo en Panamá:
- Poder presentado personalmente por si poderdante.
- Solicitud por medio de abogado.
- Pre-registro por el Servicio Nacional de Migración.
- Asignación de cita por el Servicio Nacional de Migración.
- Filiación del solicitante en el Registro de Mano de Obra Migrante.
- Copia de la página de pasaporte donde aparezca la foto y los datos generales de su titular o en defecto cualquier mecanismo de verificación proporcionado por el Servicio Nacional de Migración del solicitante.
El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral facilitará los mecanismos interinstitucionales para la autorización de los permisos y emisión de los respectivos carnés.
Vea en el siguiente enlace el Decreto Ejecutivo No. 7 del 13 de julio del 2023, y conozca cuáles son las causantes de la cancelación del permiso de trabajo.




