El presidente de la República, José Raúl Mulino, sancionó la ley que crea el marco normativo para el uso, aplicación y comercialización de sustancias modelantes y de relleno, tanto permitidas como no permitidas, en tratamientos estéticos realizados en Panamá.
De acuerdo con la norma, el Ministerio de Salud (MINSA) será la entidad responsable de expedir y actualizar el listado oficial de sustancias modelantes permitidas y no permitidas para uso médico-estético. Esta lista deberá actualizarse cada 90 días o cuando sea necesario, según lo establezca la autoridad sanitaria.
Ley sancionada por el presidente permite aplicación solo por médicos idóneos
La ley dispone que estas sustancias solo podrán ser aplicadas por médicos idóneos, especialistas en Dermatología o Cirugía Plástica, quienes deberán estar acreditados por el Consejo Técnico de Salud.
Asimismo, los consentimientos informados deberán incluir detalles sobre los componentes del producto a aplicar, posibles complicaciones, efectos adversos y riesgos asociados al procedimiento.
Sanciones y control sanitario
El nuevo marco legal contempla multas que van desde B/.10,000.00 hasta B/.50,000.00 para quienes promuevan, produzcan, importen o apliquen productos no permitidos en tratamientos estéticos.
La iniciativa fue presentada por el diputado Crispiano Adames y aprobada en tercer debate por el Pleno de la Asamblea Nacional en octubre de 2024, como parte de los esfuerzos por proteger la salud de los pacientes y regular la práctica médico-estética en el país.


