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Promulgan decreto que modifica requisitos para permisos migratorios en Panamá

El Decreto Ejecutivo 197 detalla las nacionalidades que pueden optar por un permiso migratorio en calidad de "residente permanente".

Teiga Castrellón
Por Teiga Castrellón

En la Gaceta Oficial de Panamá ya aparece el Decreto EjecutivoN°197 de 7 de mayo de 2021 del Ministerio de Seguridad que adiciona artículos al Decreto Ejecutivo N°.416 de 13 de junio de 2012, que crea dentro de la categoría migratoria de Residente Permanente la sugcategoría de Residente Permanente, en calidad de extrnajeros nacionales de países específicos que mantienen relaciones amistosas, profesionales, económicas y de inversión con la República de Panamá.

El Decreto Ejecutivo 197 detalla en el artículo 2 las nacionalidades de los extranjeros que pueden optar por un permiso migratorio en calidad de "residente permanente", dejando establecido que estos permisos sólo podrán otorgarse por razones laborales, por inversión en un bien inmueble.

Además la normativa indica que los requisitos adicionales que deben aportar los extranjeros interesados en recibir este tratamiento migratorio. Los interesados pueden encontrar la información sobre las nacionalidades que aplican para este procedimiento y los requisitos exigidos, en la página electrónica del Servicio Nacional de Migración.

Se detalla que el Decreto Ejecutivo 197 comenzará a regir tras cumplirse 90 días de su promulgación.