Panamá Noticias -  3 de mayo de 2019 - 02:05

Inicia la veda y periodo de reflexión electoral en todo Panamá

Desde este viernes 3 de mayo los candidatos a puestos de elección tienen prohibido, por el Tribunal Electoral (TE), hacer cualquier tipo de campaña política.

Esta prohibición le exigió a las empresas proveedoras de anuncios y publicidad electoral retirar las vallas antes de la medianoche del jueves. Y es que como lo establece la ley electoral a los candidatos se les permitió un periodo fijo para las actividades de campaña que comprendía sesenta (60) días antes de las Elecciones Generales del 5 de mayo de 2019, es decir del lunes 4 de marzo al jueves 2 de mayo (hasta las 12 de la medianoche).

"En consecuencia, corresponderá a las empresas que proveen este servicio remover las vallas a partir de la medianoche del jueves 2 de mayo de 2019 (a partir de ese momento se inicia un periodo de reflexión previo y durante a los comicios). Los que incumplan esta disposición enfrentarán las sanciones contenidas en el Código Electoral", añade el TE.

El magistrado Alfredo Juncá indicó que está prohibido colocar propaganda electoral incluyendo banderas o carteles y cualquier otro tipo de propaganda en apoyo a un candidato, a menos de 50 metros de los centros de votación, según lo establece el Artículo 117 del Decreto 12 de 21 de marzo de 2018, modificado por el Decreto 19 del 26 de abril de 2018 y el Decreto 27 del 11 de mayo de 2018.

"A los candidatos les pido que contribuyan con la democracia y respeten la veda que inicia a medianoche. Esto incluye internet y redes sociales. Habrá sanciones para quien incumpla!".

"Tampoco se podrá repartir propaganda impresa ni artículos promocionales; y los medios de comunicación tampoco podrán difundir propaganda electoral a favor o en contra de ningún partido o candidato sin prejuicio del derecho a informar, reportar y/o comunicar (esto incluye medios digitales)".

Sin embargo, el magistrado aclaró la tarde del jueves que en las redes sociales o en la internet solo se permitirá aquella campaña o promoción en la cuenta de un candidato, partido, copartidario o simpatizante, siempre y cuando sea orgánica y no se esté pagando por la divulgación de esta información.

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FUENTE: Teiga Castrellón