Instituciones que por la naturaleza de sus funciones laborales están facultados por el Código Electoral a ejercer su derecho al sufragio de forma adelantada, por medio de internet, para los comicios del 5 de mayo de 2024. Los mismos, solo podrán votar adelantadamente para el cargo de presidente de la República, según informa el Tribunal Electoral.
¿Quiénes pueden ejercer el voto adelantado?
Podrán ejercer el voto adelantado los ciudadanos que estén en el extranjero el día de las elecciones, así como los miembros de la Fuerza Pública, del Cuerpo de Bomberos, Sinaproc, la Cruz Roja Panameña, personal médico y de enfermería, fotógrafos de prensa, camarógrafos de televisión y periodistas, delegados electorales, servidores del Tribunal Electoral y de la Fiscalía General Electoral que se encuentren laborando el día de los comicios.
También podrán votar de forma adelantada las personas que hayan comprobado tener algún tipo de discapacidad. El voto adelantado será del 23 de abril al 2 de mayo y se depositará en un servidor para ser escrutado el 5 de mayo, a partir de las 4 de la tarde.
Pasos para inscribirse al voto adelantado
Al ingresar en la página web deberán seguir los siguientes pasos
- Inscripción de Electores Residentes en el País (RERE)
- Inscripción de Electores Residentes en el Extranjero (REVA)
- Número de Cédula
- Correo Electrónico
Mediante un sistema Biométrico validarán la información proporcionada y luego serán entrevistados por algún personal del Tribunal Electoral, quien confirmará que en efecto pertenece a la lista de profesiones listada para ejercer el voto adelantado.
El Código Electoral permite ejercer el voto adelantado solo para el cargo de presidente de la República. La figura consiste en el ejercicio del sufragio antes de la fecha, a través de los mecanismos que reglamenta el TE.




